Qué es Verifactu
«Verifactu» es el nombre con el que se conoce el Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, y una de sus dos formas de cumplirlo. Su objetivo es que las facturas emitidas con un programa informático no puedan modificarse ni borrarse sin dejar rastro.
En la práctica, un programa adaptado:
- genera un registro de facturación por cada factura (y por cada anulación);
- encadena cada registro con el anterior mediante una huella, de forma que cualquier cambio se detecta;
- imprime en la factura un código QR con el que el cliente puede comprobarla en la sede de la Agencia Tributaria;
- guarda un registro de eventos del propio sistema.
Las dos modalidades: VERI*FACTU y «no VERI*FACTU»
En la modalidad VERI*FACTU el programa envía automáticamente cada registro a la Agencia Tributaria en el momento de emitir la factura. En la modalidad no VERI*FACTU los registros se conservan en el propio sistema con requisitos técnicos adicionales y se entregan a la Administración si los requiere. La elección es del usuario y afecta a cómo trabaja el programa, no a quién está obligado.
A quién afecta
En general, a las sociedades y a los autónomos de territorio común que emiten facturas con un programa o sistema informático. Quedan fuera, entre otros:
- quienes llevan los libros de IVA por el Suministro Inmediato de Información (SII);
- los contribuyentes sujetos a la normativa foral del País Vasco y Navarra, que tienen sus propios sistemas.
Los fabricantes y comercializadores de programas de facturación también tienen obligaciones: deben ofrecer programas que cumplan el reglamento y emitir una declaración responsable que lo acredite.
Calendario: cuándo es obligatorio
| Quién | Fecha publicada en el BOE |
|---|---|
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Resto de obligados (autónomos en IRPF, entidades en atribución de rentas, etc.) | 1 de julio de 2027 |
Estas fechas proceden del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que retrasó un año el calendario anterior (que situaba la obligación en 2026). Es el último cambio publicado que conocemos en la fecha de revisión de este artículo.
Verifactu no es la factura electrónica entre empresas
Se confunden a menudo. Verifactu regula cómo se registran las facturas dentro de su programa. La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales viene de la Ley 18/2022, «Crea y Crece», y tiene su propio desarrollo reglamentario y su propio calendario. Un programa puede tener que cumplir ambas cosas, pero son obligaciones distintas.
Qué pasa si no se cumple
La Ley General Tributaria (artículo 201 bis) prevé sanciones tanto para quien fabrica o comercializa programas que no cumplen como para quien los usa. Para los usuarios, la multa puede llegar a 50.000 € por ejercicio; para fabricantes y comercializadores, a 150.000 € por ejercicio y tipo de programa. Su asesoría puede indicarle cómo le afecta en su caso.
Cómo prepararse paso a paso
- Compruebe si está obligado (territorio común, no SII) y qué fecha le aplica según sea sociedad o autónomo.
- Pregunte a su proveedor de software si el programa está adaptado y pida su declaración responsable.
- Decida con su asesoría la modalidad: VERI*FACTU (envío automático) o no VERI*FACTU.
- Revise sus series de facturas, rectificativas y datos fiscales de clientes antes del cambio.
- Si factura con Excel o con un procesador de texto, planifique el paso a un programa adaptado con tiempo, no la última semana.
Si además gestiona avisos y técnicos, tiene sentido que la factura salga directamente del parte de trabajo. Es lo que hace el programa de facturación Verifactu de TecniCRM, integrado con la agenda y las fichas de cliente. Y si está comparando opciones, le puede servir nuestra guía cómo elegir un programa de facturación Verifactu.
Preguntas frecuentes sobre Verifactu
¿Verifactu es obligatorio en 2026?
No, con el calendario publicado en el BOE. El Real Decreto-ley 15/2025 fijó la obligación para el 1 de enero de 2027 (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) y el 1 de julio de 2027 (resto de obligados, incluidos los autónomos). En octubre de 2026 Hacienda anunció un nuevo aplazamiento que, a fecha de esta revisión, aún no se ha publicado en una norma.
¿Qué es Verifactu en pocas palabras?
Es el conjunto de requisitos que deben cumplir los programas de facturación en España para que las facturas no se puedan alterar ni borrar sin dejar rastro: cada factura genera un registro con huella encadenada al anterior y un código QR. En la modalidad VERI*FACTU los registros se envían automáticamente a la Agencia Tributaria.
¿Afecta a los autónomos?
Sí, en general afecta a los autónomos de territorio común que facturan con un programa informático y no están en el SII. Para ellos la fecha publicada es el 1 de julio de 2027.
¿Quién no está obligado a Verifactu?
Entre otros, quienes llevan los libros de IVA a través del Suministro Inmediato de Información (SII) y los contribuyentes sometidos a la normativa foral del País Vasco y Navarra, que tienen sus propios sistemas. Si tiene dudas sobre su caso, consulte con su asesoría.
¿Es lo mismo Verifactu que la factura electrónica obligatoria?
No. Verifactu regula cómo se registran las facturas en el programa de facturación. La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales procede de la Ley Crea y Crece y tiene su propio desarrollo y calendario.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria: Sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, en el Boletín Oficial del Estado.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal. Las fechas pueden cambiar: compruebe siempre la información en las fuentes oficiales.